Cuando se habla de sistemas de contención de vehículos, lo primero que se nos viene a la mente son las barreras de seguridad y los pretiles. Estos elementos lineales se instalan en los márgenes de las carreteras para evitar que los vehículos salgan de la vía y causen accidentes graves. Aunque los primeros que se nos vengan a la mente sean estos, también existen otros tipos de sistemas de contención de vehículos, como los atenuadores de impacto, las transiciones entre sistemas, los terminales de barreras, los tramos de barrera desmontables y los sistemas de protección de motoristas.

Todos estos sistemas están regulados por diferentes normativas europeas que establecen los requisitos que deben cumplir para ser clasificados en una de las categorías que contemplan dichas normativas. En el caso de las transiciones y los terminales de barreras, la norma de referencia es la UNE-ENV 1317-4:2002 y en este artículo os queremos hablar un poco más en detalle sobre los cambios que están por llegar.

Esta norma, que está vigente desde el 30 de abril del 2002, nunca ha sido armonizada por la UNE-EN 1317-5:2008+A2:2012. Esto significa que cualquier Transición o Terminal que cumplan los ensayos especificados en dicha norma serán aceptados, pero no tendrán el marcado CE. Por lo tanto, esta norma tiene un carácter voluntario y no existe un impulso claro por parte de las administraciones para exigir este tipo de productos evaluados bajo el amparo de esta norma.

Esta situación da lugar a que existan puntos en la Red de Carreteras del Estado que no estén bien resueltos y que puedan generar accidentes graves.

La necesidad de modificar esta normativa

El comité de normalización europeo “CEN/TC 226/WG 1 – Crash barriers, safety fences, guard rails and bridge parapets” se encarga de preparar normativas relativas al campo de los sistemas de contención de vehículos. De este comité cuelga directamente el comité CTN 135 Equipamiento para la señalización vial. SC1 Barreras de Seguridad, del que es miembro el equipo de Metalesa.

Desde hace años se viene trabajando en el seno del TC226 el modificar la normativa UNE-ENV 1317-4:2002 para de algún modo sacar del bloque normativo a los sistemas de contención de vehículos que regula. Sin embargo, hasta la fecha esta tarea no se había logrado con éxito al ser una labor compleja.

Las transiciones y terminales, por definición, se conectan a otros sistemas. Una transición es un tramo longitudinal que une dos sistemas, como barreras o pretiles, mediante piezas especiales que garantizan una transición lógica de rigideces. Un terminal de barrera es un sistema puntual, como un atenuador de impacto, que se conecta a una barrera o pretil. Por lo tanto, la evaluación de un terminal de barrera implica evaluar la unión entre la barrera o pretil y el terminal, lo que equivale a evaluar una transición entre sistemas, aunque uno de ellos no sea una barrera o pretil.

A la hora de armonizar estos sistemas bajo una misma norma hay un gran escalón que se debe superar: existen multitud de barreras, pretiles y Terminales en el mercado que, como hemos dicho anteriormente, cumplen con la normativa pero no disponen de marcado CE, lo que hace tremendamente complejo establecer unas reglas claras para evaluarlos y no limitar la libre competencia.

Nuevas regulaciones sobre transiciones y terminales de barrera en camino

Una vez entendida la variabilidad en este tipo de productos, se entiende lo complejo que es regularlos, sin embargo, el pasado mes de junio finalizó el plazo para efectuar votaciones en el TC226. En esta votación se examinaba la publicación de unos informes y especificaciones técnicas que establecen los métodos de evaluación de cada uno de estos sistemas por separado y se facilite a las administraciones el establecimiento de criterios para demandar las distintas prestaciones a los sistemas, desligándolos definitivamente del marcado CE.

Las nuevas regulaciones de estos sistemas quedarían de la siguiente manera:

  • Terminales de barreras, quedan regulados por la FprCEN/TS 1317-7. Se trata de una especificación técnica, por lo que cada 3 años se decide si se pasa a norma para ser armonizada y poder llegar a tener marcado CE.
  • Transiciones, quedan regulados por la FprCEN/TR 1317-10. En este caso se trata de un Informe técnico, es decir, no tiene que ser revisado en ningún momento, siendo una declaración de intenciones en lo que respecta a que las transiciones no van a tener marcado CE.

Con este cambio en el paradigma de las regulaciones de los Terminales de barreras y las Transiciones se da pie a que las administraciones ya no tengan que exigir un marcado CE que no se podía obtener, pues se deroga la UNE-ENV 1317-4:2002.

Finalmente cabe destacar que ahora es el turno de las administraciones para recoger el guante y establecer que ensayos o requisitos se le demanda a este tipo de productos para ser instalados en las carreteras que regulan. Algunas administraciones como la francesa ya han abanderado este cambio y tienen  requisitos alineados con las nuevas regulaciones.